miércoles, 25 de enero de 2012

CIUDADANO BRITANICO RECLUIDO EN PENAL DE CHIMBOTE FALLECE EN SU CELDA.

PRESO FUE TRANSFERIDO DE LIMA A CHIMBOTE


RICHARD KLISMAN CIUDADANO BRITANICO RECLUIDO EN EL PENAL DE CHIMBOTE FALLECIO DE FORMA REPENTINA EN SU CELDA APARENTEMENTE DEBIDO A UN PARO CARDIACO.
SU DECESO SE PRODUJO EN HORAS DE LA MAÑANA JUSTO EN EL DIA QUE PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL CENTRO PENITENCIARIO ACATABA UNA PARALIZACION DE LABORES.

LA MEDICO LEGISTA LIZETH GUEVARA GUZMAN DIJO QUE LA NECROPSIA QUE SE LE PRACTICARA DETERMINARA LA CAUSA DE LA MUERTE AUNQUE PRECISO QUE NO PRESENTABA HERIDAS DE ARMA CORTANTE O DE FUEGO.
EL REO QUE PURGABA CONDENA POR EL DELITO DE TRAFICO DE DROGAS HABIA SIDO TRASLADADO MUCHOS MESES ATRÁS A ESTE PENAL PROVENIENTE DEL PENAL “SARITA COLONIA” DE LA CIUDAD DE LIMA.

SEGÚN FUENTES CONFIABLES ES PRECISAMENTE EN ESTE PABELLON DONDE EL BRITANICO LLEGO A FALLECER DESPUES DE HABER CONSUMIDO CAFÉ QUE LO HABRIA ALTERADO SU ORGANISMO DEBIDO A QUE ERA HIPERTENSO
AL CABO DE MEDIA HORA SALIERON DEL PENAL CON EL FALLECIDO EN LA TOLVA DE LA CAMIONETA DEL MINISTERIO PUBLICO Y ERA CUBIERTO CON LA FRAZADA QUE USA EN SU CALABOZO.

SE SUPO QUE EL MINISTERIO PUBLICO COMUNICARA DE ESTE DECESO A LA EMBAJADA BRITANICA LA QUE A SU VEZ COMUNICARA A SUS FAMILIARES EN INGLATERRA.
LA NECROPSIA SE LE PRACTICARA EL DIA DE MANAÑA JUEVES.(25-1-12




lunes, 23 de enero de 2012

SE COMPROBO QUE SEUDO MORALIZADOR HENRY PUMARICA EXTORSIONO A EMPRESARIO CONSTRUCTOR Y LO CONDENAN A CUATRO AÑOS DE PRISION


El Poder Judicial probó la responsabilidad delictiva de Henry Inocente Pumarica Ramírez en el proceso que le inició el empresario constructor Jack Castillo Castillo a quien extorsionaba con la intención de no denunciarlo a través de los medios de prensa.

Después de cumplir con todas las diligencias del caso Pumarica Ramírez no ha podido demostrar su inocencia y es por ello que el Juzgado Penal Transitorio del Módulo de Justicia de Nuevo Chimbote lo encontró responsable del delito de Chantaje y lo condenó a cuatro años de prisión condicional.

Con las facultades que le confiere la Ley el condenado apeló la sentencia lo mismo que el Fiscal Lorenzo Javier Melgarejo que no quedó conforme con los cuatro años de pena por lo que será la instancia superior la que revisará el fallo para posteriormente emitir su dictamen.

Quien también impugnó la sentencia de la juez Susana Quispe Trujillo (hoy en un juzgado penal de Chimbote) quien al parecer considera que el condenado debe pagar su culpa tras las rejas.

Fuentes confiables consideraron que la magistrado del Poder Judicial fue benevolente con Henry Pumarica al sancionarlo con cuatro años de prisión condicional pues éste estaba sujeto a reglas de conducta por una condena de otro proceso penal anterior.
Incurrió en falta grave al ocultarlo a la jueza.

Este detalle no lo tomó en cuenta la jueza al momento de sentenciarlo siendo de criterio contrario el fiscal Javier Melgarejo quien en su recurso de apelación al que tuvo acceso este medio sostiene que con dicha sentencia condenatoria, y sujeto a reglas de conducta, es “razón más que suficiente para imponerle una sanción drástica”. Se entiende esto como que debió dictársele sentencia condenatoria efectiva.

“En autos está probado plenamente que no solo tiene una sentencia condenatoria anterior, sino que el delito submateria lo cometió estando bajo las reglas de una condena suspendida. Es decir, el acusado ha demostrado su absoluto desprecio por los mandatos judiciales y prueba absolutamente la ausencia de cualquier previsión de que no volverá a cometer otro delito, sin embargo, se le premia con otra condena condicional, lo cual, es verdaderamente un escándalo, una evidente deliberada omisión no sólo para justificar una condena suspendida, sino para evitar comunicar al juez que lo condenó para la revocatoria de la condicionalidad, como manda el Art. 59 del C.P.” se lee en el recurso de apelación del fiscal Lorenzo Javier.
Por este caso Pumarica Ramírez fue detenido y enviado al penal de Cambio Puente del que salió a las semanas siguientes, sin embargo, de esta sentencia condenatoria no lo salvó su dizque abogado Guillermo Asmat. (23-1-12)
  

jueves, 19 de enero de 2012

JUEZ JOHHNY QUISPE NO INCURRIO EN PROXENETISMO SOSTIENE JUEZ FREY TOLENTINO QUE RESOLVIO NO PROCESARLO.

SE PROCESARA A SUJETO QUE INDUJO A "ESTRELLA" EN EL MUNDO DE LA PROSTITUCION Y A QUIEN LE CONSEGUIA CLIENTES.

El suspendido Juez Johhny Quispe Cuba por ahora respira tranquilidad con la resolución judicial que lo libra de ser procesado en el Poder Judicial por haber sostenido relaciones sexuales con una menor de 16 años de edad dedicada a la prostitución.
El titular del Tercer Juzgado Penal, Dr. Frey Tolentino Cruz, dictaminó No Ha Lugar a la apertura de instrucción en contra del suspendido magistrado por el delito de Proxenetismo que es la figura por el cual fue denunciado por la Fiscal Carmen Berrocal.
Según la resolución a la que tuvimos acceso, quienes no se libran de ser juzgados por dicho delito en agravio de la menor de las iniciales J.C.A.I. son los co denunciados Pedro Miguel Peralta Yovera y Alberto Gallo Reátegui para los que ha dictado mandato de comparecencia simple.
Al primero de los mencionados lo instruye por el delito de Proxenetismo en la modalidad de favorecimiento a la prostitución y al segundo por promover la prostitución.
En el caso del juez Quispe Cuba, para el juez Tolentino Cruz el tipo del delito por el cual fue denunciado como es Proxenetismo en la modalidad de favorecimiento a la prostitución y en la modalidad de usuario cliente no está sancionado por la ley.
Al respecto y para sostener su fundamento Frey Tolentino sostiene en su resolución que “el tipo penal de proxenetismo en la modalidad de favorecimiento a la prostitución estipula que : artículo 179 El que promueve o favorece la prostitución de otra persona será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años. La pena será no menor de cinco ni mayor de doce años cuando: 1- la víctima es menor de dieciocho años. 2- el autor emplea violencia, engaño, abuso de autoridad o cualquier medio de intimidación. 3- la víctima se encuentre privada de discernimiento por cualquier causa. 4- el autor es pariente dentro del cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad o es cónyuge, concubino, adoptante, tutor o curador o tiene al agraviado a su cuidado por cualquier motivo. 5-la víctima ha sido desarraigada de su domicilio habitual con la finalidad de prostituirla o está en situación de abandono o de extrema necesidad económica. 6- el autor haya hecho del proxenetismo su oficio o modo de vida. 7- si el agente actúa como integrante de una organización delictiva o banda”.
Los hechos por los cuales se acusa a Quispe Cuba se refieren a que el 9 de julio del año 2011 estaba en la habitación del conocido como “Micky” libando licor acompañado de otros hombres y allí estaba la menor conocida en el mundo de la prostitución como “estrella”.
La denunciante había llegado para sostener relaciones con Quispe Cuba, sin embargo, éste le contestó “estoy misio” a lo que J.C.A.I. se molesta y enojada respondió “entonces por las puras he venido”, sin embargo, el juez retruca “pero aquí está mi amigo Víctor, él tiene plata, él me ha invitado aquí a tomar con sus amigos” y seguidamente salen de la habitación la menor y Víctor Valdivieso quien la llevó en su vehículo hasta el hostal El Country donde sostienen relaciones.
Y tras el análisis de esta conducta y citando a tratadistas en el tema como Francisco Chirinos Soto, Salinas Siccha y Villa Stein, el juez Frey Tolentino sostiene en su resolución que “es evidente el hecho que el denunciado Quispe Cuba haya indicado a la presunta agraviada que no tenia dinero y que vaya con su amigo (ello conforme a la imputación del Ministerio Público) no se puede catalogar este hecho como un acto de proxenetismo conforme a lo que se ha señalado precedentemente evidenciándose una trasgresión al principio de legalidad por parte del Ministerio Público siendo por ello pertinente declarar no ha lugar a la apertura de instrucción”.
Contrario es la situación de Pedro Peralta Yovera de quien la menor dijo que desde el 9 al 25 de julio pasado le consiguió cuatro clientes y fue en el hostal Sahara donde uno de los clientes le pagó su parte al denunciado y posteriormente la pago a “estrella” la suma de 150 soles.
El denunciado Gallo Reátegui a su vez es quien inició en la actividad de la prostituciòn a la menor “para que tengas plata” le había dicho, según la chica, quien accedió y le consiguió clientes en dos oportunidades por la suma de 100 soles.(19-1-12)

lunes, 16 de enero de 2012

SE RETRASA INICIO DE JUICIO POR QUERELLA DE EZEQUIEL NOLASCO A PRESIDENTE REGIONAL CESAR ALVAREZ


LA QUERELLA QUE EL EX CONSEJERO REGIONAL EZEQUIEL NOLASCO CAMPOS ENTABLÓ CONTRA EL PRESIDENTE REGIONAL CESAR ALVAREZ AGUILAR AUN NO ES APERTURADA Y SEGUIRÁ TODAVÍA ESPERANDO EL SUEÑO DE LOS JUSTOS. EN ESTE CASO EL DE NOLASCO CAMPOS.
NUESTRAS FUENTES CONFIARON QUE LA QUERELLA SE ENCUENTRA EN EL PRIMER JUZGADO PENAL  QUE EN LA ACTUALIDAD LA DIRIGE LA JUEZ SUSANA QUISPE TRUJILLO QUIEN REEMPLAZA EN EL CARGO AL DR. JORGE RAMOS ORRILLO.
ES ESTE MAGISTRADO QUIEN ADMITIÒ LA QUERELLA CONTRA LA AUTORIDAD REGIONAL, SIN EMBARGO, MIENTRAS ESTUVO AL FRENTE DE ESTE DESPACHO NO APERTURÓ INSTRUCCIÓN QUEDANDO PARA QUE LO HAGA SU REEMPLAZANTE.
PARA DESDICHA DEL DENUNCIANTE NOLASCO CAMPOS A ESTE JUZGADO LLEGO LA DRA. SUSANA QUISPE QUIEN HA TENIDO QUE INHIBIRSE DE TRAMITAR ESTE PROCESO DEBIDO A QUE ELLA HA QUERELLADO AL EX CONSEJERO Y ESTE HECHO LE PROHIBE, POR DECORO,  JUZGAR LA QUERELLA CONTRA ALVAREZ AGUILAR.
LA JUEZ HA CONFIRMADO A ESTE MEDIO LA INHIBICION ADEMAS DE INFORMAR QUE YA HA CURSADO NOTIFICACION A LAS PARTES EN LITIGIO.
NUEVAMENTE SE PONE EN EL TAPETE EL PAPEL DE LA JUSTICIA EN PROCESOS DONDE ESTA IMPLICADO EL PRESIDENTE REGIONAL CESAR ALVAREZ.
SE ESPERA QUE CUANTO ANTES EL MAGISTRADO QUE CONOZCA ESTA QUERELLA DICTAMINE AL AMPARO DE LOS CRITERIOS DE JUSTICIA Y LEGALIDAD.(16-1-12)

SE RETRASA QUERELLA DE NOLASCO CONTRA PRESIDENTE REGIONAL CESAR ALVAREZ

LA QUERELLA QUE EL EX CONSEJERO REGIONAL EZEQUIEL NOLASCO CAMPOS ENTABLÓ CONTRA EL PRESIDENTE REGIONAL CESAR ALVAREZ AGUILAR AUN NO ES APERTURADA Y SEGUIRÁ TODAVÍA ESPERANDO EL SUEÑO DE LOS JUSTOS. EN ESTE CASO EL DE NOLASCO CAMPOS.
NUESTRAS FUENTES CONFIARON QUE LA QUERELLA SE ENCUENTRA EN EL PRIMER JUZGADO PENAL  QUE EN LA ACTUALIDAD LA DIRIGE LA JUEZ SUSANA QUISPE TRUJILLO QUIEN REEMPLAZA EN EL CARGO AL DR. JORGE RAMOS ORRILLO.
ES ESTE MAGISTRADO QUIEN ADMITIÒ LA QUERELLA CONTRA LA AUTORIDAD REGIONAL, SIN EMBARGO, MIENTRAS ESTUVO AL FRENTE DE ESTE DESPACHO NO APERTURÓ INSTRUCCIÓN QUEDANDO PARA QUE LO HAGA SU REEMPLAZANTE.
PARA DESDICHA DEL DENUNCIANTE NOLASCO CAMPOS A ESTE JUZGADO LLEGO LA DRA. SUSANA QUISPE QUIEN HA TENIDO QUE INHIBIRSE DE TRAMITAR ESTE PROCESO DEBIDO A QUE ELLA HA QUERELLADO AL EX CONSEJERO Y ESTE HECHO LE PROHIBE, POR DECORO,  JUZGAR LA QUERELLA CONTRA ALVAREZ AGUILAR.
LA JUEZ HA CONFIRMADO A ESTE MEDIO LA INHIBICION ADEMAS DE INFORMAR QUE YA HA CURSADO NOTIFICACION A LAS PARTES EN LITIGIO.
NUEVAMENTE SE PONE EN EL TAPETE EL PAPEL DE LA JUSTICIA EN PROCESOS DONDE ESTA IMPLICADO EL PRESIDENTE REGIONAL CESAR ALVAREZ.
SE ESPERA QUE CUANTO ANTES EL MAGISTRADO QUE CONOZCA ESTA QUERELLA DICTAMINE AL AMPARO DE LOS CRITERIOS DE JUSTICIA Y LEGALIDAD.(16-1-12)