jueves, 19 de enero de 2012

JUEZ JOHHNY QUISPE NO INCURRIO EN PROXENETISMO SOSTIENE JUEZ FREY TOLENTINO QUE RESOLVIO NO PROCESARLO.

SE PROCESARA A SUJETO QUE INDUJO A "ESTRELLA" EN EL MUNDO DE LA PROSTITUCION Y A QUIEN LE CONSEGUIA CLIENTES.

El suspendido Juez Johhny Quispe Cuba por ahora respira tranquilidad con la resolución judicial que lo libra de ser procesado en el Poder Judicial por haber sostenido relaciones sexuales con una menor de 16 años de edad dedicada a la prostitución.
El titular del Tercer Juzgado Penal, Dr. Frey Tolentino Cruz, dictaminó No Ha Lugar a la apertura de instrucción en contra del suspendido magistrado por el delito de Proxenetismo que es la figura por el cual fue denunciado por la Fiscal Carmen Berrocal.
Según la resolución a la que tuvimos acceso, quienes no se libran de ser juzgados por dicho delito en agravio de la menor de las iniciales J.C.A.I. son los co denunciados Pedro Miguel Peralta Yovera y Alberto Gallo Reátegui para los que ha dictado mandato de comparecencia simple.
Al primero de los mencionados lo instruye por el delito de Proxenetismo en la modalidad de favorecimiento a la prostitución y al segundo por promover la prostitución.
En el caso del juez Quispe Cuba, para el juez Tolentino Cruz el tipo del delito por el cual fue denunciado como es Proxenetismo en la modalidad de favorecimiento a la prostitución y en la modalidad de usuario cliente no está sancionado por la ley.
Al respecto y para sostener su fundamento Frey Tolentino sostiene en su resolución que “el tipo penal de proxenetismo en la modalidad de favorecimiento a la prostitución estipula que : artículo 179 El que promueve o favorece la prostitución de otra persona será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años. La pena será no menor de cinco ni mayor de doce años cuando: 1- la víctima es menor de dieciocho años. 2- el autor emplea violencia, engaño, abuso de autoridad o cualquier medio de intimidación. 3- la víctima se encuentre privada de discernimiento por cualquier causa. 4- el autor es pariente dentro del cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad o es cónyuge, concubino, adoptante, tutor o curador o tiene al agraviado a su cuidado por cualquier motivo. 5-la víctima ha sido desarraigada de su domicilio habitual con la finalidad de prostituirla o está en situación de abandono o de extrema necesidad económica. 6- el autor haya hecho del proxenetismo su oficio o modo de vida. 7- si el agente actúa como integrante de una organización delictiva o banda”.
Los hechos por los cuales se acusa a Quispe Cuba se refieren a que el 9 de julio del año 2011 estaba en la habitación del conocido como “Micky” libando licor acompañado de otros hombres y allí estaba la menor conocida en el mundo de la prostitución como “estrella”.
La denunciante había llegado para sostener relaciones con Quispe Cuba, sin embargo, éste le contestó “estoy misio” a lo que J.C.A.I. se molesta y enojada respondió “entonces por las puras he venido”, sin embargo, el juez retruca “pero aquí está mi amigo Víctor, él tiene plata, él me ha invitado aquí a tomar con sus amigos” y seguidamente salen de la habitación la menor y Víctor Valdivieso quien la llevó en su vehículo hasta el hostal El Country donde sostienen relaciones.
Y tras el análisis de esta conducta y citando a tratadistas en el tema como Francisco Chirinos Soto, Salinas Siccha y Villa Stein, el juez Frey Tolentino sostiene en su resolución que “es evidente el hecho que el denunciado Quispe Cuba haya indicado a la presunta agraviada que no tenia dinero y que vaya con su amigo (ello conforme a la imputación del Ministerio Público) no se puede catalogar este hecho como un acto de proxenetismo conforme a lo que se ha señalado precedentemente evidenciándose una trasgresión al principio de legalidad por parte del Ministerio Público siendo por ello pertinente declarar no ha lugar a la apertura de instrucción”.
Contrario es la situación de Pedro Peralta Yovera de quien la menor dijo que desde el 9 al 25 de julio pasado le consiguió cuatro clientes y fue en el hostal Sahara donde uno de los clientes le pagó su parte al denunciado y posteriormente la pago a “estrella” la suma de 150 soles.
El denunciado Gallo Reátegui a su vez es quien inició en la actividad de la prostituciòn a la menor “para que tengas plata” le había dicho, según la chica, quien accedió y le consiguió clientes en dos oportunidades por la suma de 100 soles.(19-1-12)

No hay comentarios:

Publicar un comentario