miércoles, 11 de noviembre de 2009

CON INSUFICIENCIA DE PRUEBAS CONDENAN POR CORRUPCION A EX FISCAL

El ex - Fiscal del Ministerio Público del Santa Edilberto Dionicio Moya fue encontrado responsable del delito de Corrupción de Funcionarios por los magistrados de la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Santa que lo condenaron a 4 años de pena privativa de libertad y al pago de mil soles por concepto de reparación civil.
La sentencia leída la tarde de ayer puso fin a un segundo juicio oral donde las expectativas del procesado ex – Fiscal de ser absuelto como ocurrió con un juicio oral anterior fueron decepcionadas.
En la sentencia condenatoria la Segunda Sala Penal dispone además que se derive copias del expediente al Ministerio Público para que formule denuncia penal por el mismo delito al denunciante Jesús Gonzáles Rentería toda vez que en su denuncia y tras quedar probada la responsabilidad del procesado la misma responsabilidad recae en su contra por ser el agente corruptor.
Dionicio Moya se mostró disconforme con la condena y en el acto planteó nulidad a la sentencia por lo que el dictamen será elevado a la Corte Suprema para su revisión y dictamen correspondiente.
Juan Tarazona Alfaro, abogado defensor cuestionó la sentencia afirmando que es injusta y totalmente contradictoria en sus considerandos por lo que confía que la Suprema revoque la sentencia.
Puntualizó que no existen pruebas para condenar a su patrocinado y citó entre ellas el informe de peritaje a un audio donde supuestamente se escuchaba el diálogo entre el denunciante y el procesado, sin embargo, los peritos concluyeron en dicho informe que no se pudo homologar las voces debido al alto ruido externo del mismo audio que hace imperceptible las voces.
Sobre el análisis a los dos billetes de 100 dólares encontrados sobre el escritorio del ex – Fiscal Dionicio Moya, que según éste los arrojo Gonzáles Rentería, tampoco se determinó el hallazgo de huellas dactilares del sentenciado debido a que por la manipulación de varias manos en el transcurso del tiempo (los hechos ocurrieron el año 2000) no se pudo homologar.
Sobre estos considerandos expuestos en la lectura de sentencia es que Tarazona Alfaro basa la inocencia de su cliente.
“En la nulidad de la anterior sentencia que fue absolutoria a mi cliente los magistrados supremos devuelven el expediente solamente para que se practique la pericia de audio a una grabación y esta ha concluido que no es la voz de mi defendido” añadió el Abogado defensor.
Los hechos de este sonado caso datan del mes de febrero del año 2000 y a raíz de ello fue destituido del Ministerio Público Edilberto Dionicio Moya. (11.No.09)

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